dijous, 7 de gener del 2016

Incapacitación y tutela de personas mayores


La incapacitación es un proceso jurídico que se inicia cuando las enfermedades o deficiencias de carácter físico y psíquico persistentes, impiden que la persona pueda decidir por sí misma sobre su vida y/o patrimonio. El Ministerio Fiscal es el responsable de dictar sentencia sobre la incapacidad, total o parcial, de la persona y asignar el tutor que debe representar, cuidar y proteger su bienestar y su patrimonio. La actividad del tutor, que puede ser una persona jurídica pública o privada, es supervisada por la autoridad competente. Aunque la teoría es clara, en la práctica surgen situaciones complejas. Si bien toda persona que no se encuentre incapacitada está legitimada para gestionar sus intereses y ejercitar sus derechos, en un centro sociosanitario un usuario puede estar incapacitado de hecho (no legalmente). Entonces pueden aparecer conflictos entre los familiares, que afectan al funcionamiento de la residencia. Por ello, es recomendable que los centros comuniquen a la Fiscalía la existencia de un posible usuario incapaz.


Fuente bibliográfica: Balance Sociosanitario. Dependencia y discapacidad. Diciembre 2015